Corría el año 2001. Esta fecha que nos retrotrae al hambre, la miseria y la crisis, para Cristina fue el año en que comenzó su pesadilla. Una pesadilla que no pidió, que le impusieron. Tuvieron que pasar prácticamente 18 años para que a causa de su lucha pudiera ganarle al menos una pulseada.

Era el 2001 y en Posadas, Misiones, su vecina de 79 años fue asesinada mientras Cristina se encontraba a 8 kilómetros del lugar junto a otras dos personas. En 2010 los tres fueron condenados a cadena perpetua por el crimen en cuestión. ¿Las pruebas? Rumores y estereotipos. Se dijo que tenía un estilo de vida “promiscuo y marginal”, que era “adicta a la marihuana”, una “mentirosa” y que “no tenía padres presentes”. Los jueces sostuvieron que estos dichos constituían elementos suficientes para afirmar que ella había cometido el crimen en cuestión.
Las agencias políticas (poderes legislativos y ejecutivos) a través de la sanción de leyes penales realizan la criminalización primaria, ésta es ejecutada por las agencias del sistema penal (jueces, policías y agentes penitenciarios) quienes ejercen la criminalización secundaria, que es aplicada a través de un filtro de selectividad. Los estereotipos de clase y preconceptos sobre roles acerca cómo debe ser una mujer dócil y honesta actúan con mayor o menor visibilidad en la selectividad con que es ejercido. Cristina es injustamente condenada, pero no solo por haber transgredido el tipo legal en cuestión sino también por haber violado las normas sociales que rigen sobre los cuerpos feminizados.
Dolores Juliano señala que las funciones primarias de las instituciones carcelarias eran las de domesticar a mujeres pobres que vivían fuera del control masculino y del encierro doméstico, recluyéndolas en condiciones que extremaran las exigencias de docilidad, obediencia, servicio y reclusión que se esperaba de todas las mujeres. Un control destinado a garantizar la vigencia y continuidad de los roles femeninos tradicionales vinculados al espacio privado y a los dictados de una estricta moral católica. Podemos reflexionar que esto continúa vigente en la actualidad.
El Estado aparece en la vida de muchas mujeres de sectores populares a través del Sistema Penal, desplegando con todas sus fuerzas su aporafobia y misoginia. En el caso de Cristina podemos observar cómo se invirtió la carga de la prueba y todo el proceso partió de una presunción de culpabilidad. Su valoración fue desde un enfoque estereotipado. Probatoriamente nunca concluyeron siquiera su intervención en la escena del crimen y sin embargo su condena fue incluso confirmada por el Tribunal de Casación Penal.
Es así que el Sistema penal desde una supuesta neutralidad y objetividad reproduce prácticas y discursos patriarcales. Funciona como herramienta de opresión para las mujeres y disidencias no de protección.
Es importante resaltar el aporte que realizaron desde la Asociación Pensamiento Penal no solo desde lo jurídico sino también haciendo el ruido suficiente para que - con la colaboración de distintes referentes de Derechos Humanos como la entrañable Norita Cortiñas - la voz de Cristina hiciera mella de alguna forma en la Corte Suprema.
En el último diciembre se anuló la injusta condena planteando que los tribunales inferiores habían actuado a partir de sesgos y estereotipos. Pero la condena de una persona no se termina con una absolución, es indudable que las marcas de lo vivido no se borran ni redimen con un pronunciamiento judicial. No solo lo que sufrió en manos del sistema penal sino también, por la estigmatización y discriminación que vivió por las versiones que circularon en los medios de comunicación que hasta decidieron nombrarla como la “reina del martillo”, fomentando el morbo y la construcción de una “victimaria perfecta”.
La interseccionalidad es parte fundante de la larga lista de violencias que atravesó y que persistieron, incluso aún después de haber obtenido su libertad. La clase social y el género se intersectan y estructuran en la biografía de Cristina como en la de tantas otras.
El Estado ya no puede reparar ni garantizarle a Cristina sus derechos, pero tiene una deuda. Debe garantizar el acceso a la justicia para las Cristinas que están en todas las cárceles de la Argentina. Se necesita una justicia con una mirada sensible a las vivencias de opresiones interseccionales que logre de una vez por todas reconfigurar el sistema.
Meses atrás en una clase Agustina Iglesias –abogada y criminóloga transfeminista- planteaba que lo que debe hacer el Sistema Penal es escuchar y que en el caso de Diana Sacayán lo que el movimiento feminista se propuso fue lograr que escuchara la verdad travesti. Es momento de que escuche la historia de Cristina Vazquez. Por Cristina Vázquez y por todas las Cristinas de América Latina.
Por Camila Schwarzstein.