Durante los últimos años, en varias provincias de la República Argentina distintas personas autopercibidas no binarias, amparadas por la Ley de Identidad de Género , han solicitado ante los respectivos Registros Civiles la consignación de un género no binario o la no consignación de género alguno en el campo reservado al sexo en sus documentos de identificación personal. A ocho años de la sanción de la mencionada ley en nuestro país, que nos puso a la vanguardia del mundo, resulta menester realizar un análisis sobre los obstáculos que se presentan en la práctica a la hora del reconocimiento legal de las identidades no binarias y proyectar los desafíos que debemos afrontar para ir camino hacia una sociedad más diversa, igualitaria e inclusiva. Por Guido Cattaneo Aclaraciones conceptuales Cuando hablamos de identidad de género , en los términos de la Ley 26.743 y en sintonía con el concepto que sostiene Relatoría de Derechos LGBTI de la Comisión Interamericana de Derec...